AFIP establece un mecanismo de reducción progresiva del impuesto a las ganancias
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AFIP establece un mecanismo de reducción progresiva del impuesto a las ganancias

26 mayo 2015

Nuestro Director de Servicios de Recursos Humanos y Nómina, Hernan Kogan, nos explica la Resolución General 3770, publicada en el Boletín Oficial del 7 de mayo de 2015 por el Fisco Federal Argentino (AFIP), que establece un mecanismo de reducción progresiva del impuesto a las ganancias.

A través de la norma de referencia el Fisco Federal Argentino (AFIP) establece un mecanismo de reducción progresiva del impuesto a las ganancias al alterar con efectos retroactivos a enero de 2015, la cuantía de las deducciones personales aplicables (artículo 23 de la Ley del gravamen) para ciertos grupos de jubilados y empleados en relación de dependencia.

A modo de síntesis, a continuación nos referimos a diferentes situaciones previstas para empleados en relación de dependencia:

a) Empleados con actividades en relación de dependencia desempeñadas entre enero y agosto de 2013:

Mayor remuneración mensual, normal y habitual devengada entre enero y agosto 2013 Mayor remuneración mensual, normal y habitual percibida a partir de enero 2015 Implicancias

Hasta $ 15.000

Sin importancia

 

Excluido del impuesto a las ganancias

Mayor a $ 15.000 y hasta $ 25.000

Sin importancia

Se mantiene incremento deducciones personales Dto 1242/2013, y se agrega incremento escalonado s/ RG (AFIP) 3770

 

Mayor de $ 25.000

Hasta $ 15.000

Excluido del impuesto a las ganancias

Mayor a $ 15.000 y hasta $ 25.000

Se mantiene incremento deducciones personales según Dto 1242/2013, y se agrega incremento escalonado s/ RG (AFIP) 3770

Mayor de $ 25.000

Sin beneficio. Se aplican deducciones personales básicas vigentes desde marzo de 2013

 

b) Empleados que inician actividad en relación de dependencia (con cualquier empleador) a partir de setiembre de 2013:

Remuneración correspondiente al mes de inicio de actividades en relación de dependencia Mayor remuneración mensual, normal y habitual percibida a partir de enero 2015 Implicancias

Hasta $ 15.000

Sin importancia

Excluido del impuesto a las ganancias

 

Mayor a $ 15.000 y hasta $ 25.000

Hasta $ 15.000

Excluido del impuesto a las ganancias

Mayor a $ 15.000 y hasta $ 25.000

Se mantiene incremento deducciones personales Dto 1242/2013, y se agrega incremento escalonado s/ RG (AFIP) 3770

Mayor de $ 25.000

Se mantiene incremento deducciones personales según Dto 1242/2013

 

Mayor de $ 25.000

Hasta $ 15.000

Excluido del impuesto a las ganancias

Mayor a $ 15.000 y hasta $ 25.000

Aplica incremento deducciones personales Dto 1242/2013, y se agrega incremento escalonado s/ RG (AFIP) 3770

Mayor de $ 25.000

Sin beneficio. Se aplican deducciones personales básicas vigentes desde marzo de 2013

 

c) Empleados que trabajen en áreas de la Patagonia:

Mayor remuneración mensual, normal y habitual percibida a partir de enero 2015 Implicancias
Hasta $ 15.000

Excluido del impuesto a las ganancias

Mayor a $ 15.000 y hasta $ 25.000 Se mantiene incremento deducciones personales Dto 1242/2013, y se agrega incremento escalonado s/ RG (AFIP) 3770
Mayor de $ 25.000

Se mantiene incremento deducciones personales según Dto 1242/2013

 

Nótese que a los efectos de identificar la mayor remuneración mensual, normal y habitual, corresponde considerar los conceptos que se hubieran percibido, como mínimo, durante al menos el setenta y cinco por ciento de los meses involucrados.

Cabe agregar que si a raíz de la aplicación del esquema planteado surgiera un impuesto 2015 retenido en exceso, el empleador deberá reintegrar el excedente al empleado respectivo mediante cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

La presente es una muy breve síntesis de la norma a que nos hemos referido, habiéndonos también basado en información complementaria disponible en la página web de la AFIP: http://www.afip.gob.ar. Para evitar confusiones en su implementación, se recomienda la lectura de la RG (AFIP) 3770 en su versión completa: http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/245000-249999/246584/norma.htm.