El Servicio de Rentas Internas (SRI) de Ecuador modificó la resolución No. NAC- DGERCGC15-00000052, que establece el listado de paraísos fiscales y las normas que regulan la calificación de jurisdicciones de menor imposición y regímenes fiscales preferentes.
Como parte de las acciones tributarias que está tomando el gobierno de Ecuador a fin de evitar evasión fiscal, el SRI publicó la Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000433. La misma, reforma lo establecido en la Resolución No. NAC- DGERCGC15-00000052 publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 430 del 3 de febrero de 2015, que establece el listado de paraísos fiscales y las normas q regulan la calificación de jurisdicciones de menor imposición y regímenes fiscales preferentes.
La Resolución incluye nuevos países que serán considerados para Ecuador como paraísos fiscales, estos son: Hong Kong y Países Bajos, Reino Unido, Nueva Zelanda y Costa Rica, para determinadas actividades y condiciones, según listado a continuación.
Países Bajos:
- El régimen fiscal aplicable a las sociedades de inversión exentas o calificadas para una tarifa nula de impuesto a la renta.
- Regímenes objeto de decisiones fiscales anticipadas o “tax rulings”.
- Regímenes de “cajón de innovación” o “innovation box”.
Reino Unido:
- Regímenes que permitan a las sociedades mantener derechos representativos de capital con titulares nominales o formales que no soportan el riesgo económico de la propiedad y de los que no se conozca quiénes son sus beneficiarios efectivos.
- Regímenes de “cajón de innovación” o “innovation box”.
Nueva Zelanda:
- Regímenes fiscales aplicables a fideicomisos o “Trusts”.
Costa Rica:
- Regímenes de sociedades privadas, creadas bajo sus leyes pero no inscritas ante la Administración Tributaria costarricense
Todas las compañías y entidades que tengan filiales o realicen negocios en los países y en las actividades mencionadas, deberán revisar cómo la reforma afecta a sus negocios ya que, entre otras cosas, el porcentaje de retención se incrementaría del 22% al 35%.
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