Con una mezcla de países emergentes y economías en auge, incertidumbre política y contrastes extremos en las costumbres comerciales, los países de las Américas no pueden ser categorizados como un todo homogéneo.
Chile ha mejorado significativamente su ranking de complejidad desde el año anterior, colocándose entre los mejores países para hacer negocios en América Latina. Sin embargo, contar con conocimiento local sigue siendo vital para cualquier empresa interesada en hacer negocios en el país. Aquí echamos un vistazo a cómo funcionan los recursos humanos y la nómina en Chile.
Sistema de Seguro Social
El Sistema de Seguro Social en Chile se compone de:
- Fondo de pensiones: cada empleado debe estar afiliado al Administrador de Fondos de Pensiones (AFP) de su elección. La contribución del Administrador de Fondos de Pensiones consiste en:
- contribución a la supervivencia y Seguros de Incapacidad: 1.41%, cubierto por el empleador
- contribución al Seguro de Ahorro Individual: 10% cubierto por el empleado
- una comisión de entre 0,41 y 1,54% cargada a cada afiliado.
- Seguro Médico: se concede al Fondo Nacional de Salud del Estado (FONASA), o a una institución de Salud privada (ISAPRE), por elección del empleado. La contribución mínima legal es de 7%.
- Seguro de Accidentes relacionados con el Trabajo: Este es de 0.95% a 3.4 % del sueldo del empleado dependiendo del riesgo de la actividad laboral.
- Seguro por Desempleo: es el 2.4 a 3% del salario del empleado pagado al Administrador de Fondos de Desempleo (AFC).
Situaciones de contratación
- El contrato de trabajo deber ser por escrito.
- El Código de Trabajo chileno permite al empleador terminar el contrato de un empleado, en base a las necesidades de la organización.
- El aviso de terminación debe ser entregado al empleado con 30 días de antelación y personalmente o por correo certificado. Una copia de dicha notificación deberá ser enviada al inspector de trabajo correspondiente.
- El empleador puede optar por pagar al empleado 30 días de salario, en lugar de tal aviso previo.
Personal extranjero
- El Código de Trabajo chileno indica que al menos el 85% de los empleados de una empresa deben ser de nacionalidad chilena (en empresas con más de 25 empleados). Las excepciones a estas reglas son:
- personal técnico no disponible localmente
- extranjeros casados con un ciudadano chileno
- extranjeros que hayan residido en Chile por más de cinco años.
- Chile no emite visas de negocios, por lo tanto, los posibles inversores extranjeros deben ingresar al país bajo condición de "turista" y pueden permanecer en el país hasta por 90 días ("visa de turista" requerida para algunas nacionalidades).
Los visados temporales
- Los visados se pueden conceder a las personas que han demostrado vínculos familiares o intereses en Chile y cuya residencia se considera útil y conveniente para el país*.
*Emitido por un período máximo de un año, renovable por un máximo de dos años, después de lo cual el extranjero deberá solicitar la Permanencia Definitiva o salir del país.
- Los principales tipos de visa temporeras son:
- inversores y comerciantes
- profesionales y Técnicos Senior
- sujeto a contrato.
- Los solicitantes de países del MERCOSUR no pueden tener antecedentes penales ni criminales.
Vacaciones remuneradas
- Un empleado, con más de un año de servicio, tiene derecho a una licencia anual remunerada de 15 días laborables (20 días laborables en algunas regiones).
- Cada empleado que ha trabajado durante 10 años o más (continuos o no), en una o varias empresas, tendrá derecho a añadir 1 día laboral a su licencia, por cada 3 nuevos años trabajados.
Ciclos de nómina
- El ciclo de nómina se puede ajustar por días, semanas, de forma mensual o en términos del tipo de pieza. Sin embargo, la unidad de tiempo no puede exceder un mes.
- El salario mínimo válido a partir del 1 de julio 2016 es de 257.500 CLP para los trabajadores de edades comprendidas entre los 18 y los 65 años.
- Se aumentará a 264.000 CLP desde el 1 de enero de 2017. Esta cantidad debe ser modificada a un total de 270.000 CLP a partir del 1 de julio de 2017.
- Diferentes salarios son válidos para los trabajadores mayores de 65 y menores de 18 años.
- Los empleados que trabajan horas extra deben recibir un pago adicional, correspondiente al 50 % de su salario por hora.
La legislación de RRHH
- El Código de Trabajo Chileno regula los diferentes tipos de contratos de trabajo que se pueden realizar, los reglamentos y condiciones de empleo para los empleados extranjeros, los términos de remuneración y las contribuciones obligatorias al seguro social, entre otras cosas.
- Las regulaciones laborales adicionales son impuestas por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS).
Contáctenos
Tenemos más de 6.000 expertos en más de 80 países que pueden ayudarlo a gestionar sus procesos de recursos humanos y nómina, a fin de mantener una operación en cumplimiento. Haga clic aquí para saber más.
Nota: Esto es solo un breve resumen. Le recomendamos comprobar los detalles de la información en base a cada caso individual.